Vida
Protege, planea y construye un futuro con certeza. Tu tranquilidad comienza aquí.
Brinda respaldo económico a tus seres queridos y vive con la confianza de saber que, pase lo que pase, estarán protegidos. No se trata de pensar en lo que podría suceder, sino de disfrutar el presente sabiendo que tu esfuerzo de hoy se convertirá en un legado de seguridad, amor y estabilidad para tu familia.
Asegura que tus planes sigan adelante y que quienes más amas siempre cuenten con el respaldo económico que merecen.
¿Qué es Seguro Vida?
El Seguro de Vida es un respaldo financiero diseñado para proteger el patrimonio y la estabilidad económica de los seres queridos del asegurado. Su finalidad es brindar tranquilidad y apoyo económico a los beneficiarios ante el fallecimiento del titular o frente al diagnóstico de determinadas enfermedades graves.
Este producto garantiza el pago de un monto fijo previamente contratado, permitiendo que los beneficiarios designados puedan afrontar gastos y compromisos económicos derivados de situaciones inesperadas, contando con un apoyo inmediato durante la vigencia del certificado individual.
El seguro se enfoca en ofrecer protección sencilla, clara y accesible, convirtiéndose en una herramienta fundamental de previsión y protección familiar.

Coberturas

1. Muerte por cualquier causa (Cobertura Básica por Fallecimiento)
¿Qué cubre?
Ampara el fallecimiento del asegurado titular por cualquier causa, siempre que ocurra durante la vigencia del certificado individual.
¿Qué beneficio otorga?
Se paga la suma asegurada contratada a los beneficiarios designados por el asegurado. En caso de no existir beneficiarios, el pago se realizará a la sucesión legal.
Alcance de la cobertura
- Aplica sin importar el origen del fallecimiento, siempre que no se encuentre excluido en las condiciones generales.
- Proporciona un respaldo económico directo para cubrir necesidades familiares, deudas o gastos inmediatos.
- Garantiza certeza financiera a los beneficiarios.
2. Enfermedades Graves
¿Qué cubre?
Otorga el pago de la suma asegurada contratada para esta cobertura cuando el asegurado sea diagnosticado formalmente y por primera vez en su vida, durante la vigencia del certificado y una vez cumplido el periodo de espera, con alguna de las siguientes enfermedades:
- Infarto agudo al miocardio, que comprometa más del 30 % del músculo cardíaco
- Enfermedad cerebrovascular
- Septicemia, excepto cuando sea consecuencia de SIDA
- Cáncer (diagnóstico confirmado)
Trasplante de órganos mayores, incluyendo:
- Corazón
- Pulmón
- Hígado
- Páncreas
- Médula ósea (excepto autotrasplante)
- Riñones
- Insuficiencia renal crónica
¿Qué beneficio otorga?
El asegurado recibe el monto asegurado para hacer frente a:
- Gastos médicos
- Tratamientos especializados
- Adecuaciones en su estilo de vida
- Cualquier necesidad económica derivada del padecimiento
Preguntas frecuentes 
¿Qué es el Seguro de Vida Grupo Plus – Experiencia General?
Es un seguro de vida colectivo que protege a los integrantes de un grupo mediante coberturas por fallecimiento, accidentes, invalidez, diagnóstico de enfermedades graves, desempleo o incapacidad para trabajar, así como beneficios adicionales.
¿Quién es el Asegurado?
Es la persona física que forma parte del grupo asegurado, cuenta con certificado individual vigente y tiene derecho a las coberturas contratadas.
¿Quién es el Contratante?
Es la persona física o moral que celebra el contrato con la aseguradora y es responsable del pago de las primas.
¿Qué es la suma asegurada?
Es la cantidad máxima que la aseguradora pagará por cada cobertura en caso de siniestro, conforme a lo indicado en la carátula y el certificado individual.
¿Qué es la Suma Asegurada Máxima Individual (SAMI)?
Es la suma máxima que puede otorgarse a un asegurado sin requerir pruebas médicas, siempre que ingrese oportunamente al grupo y otorgue su consentimiento.
¿Qué cubre la cobertura básica por muerte?
Paga la suma asegurada contratada cuando el asegurado fallece por cualquier causa durante la vigencia del certificado individual.
¿A quién se paga la indemnización por fallecimiento?
A los beneficiarios designados; en ausencia de éstos, se aplica la designación sustituta o la sucesión legal.
¿Qué es la designación sustituta de beneficiarios?
Es el orden legal de pago cuando no existen beneficiarios designados, priorizando descendientes, cónyuge, ascendientes, concubina(o) o sucesión legal.
¿La cobertura de muerte aplica en caso de suicidio?
Sí, siempre que el suicidio ocurra después de dos años desde la celebración del contrato; antes de ese plazo solo se devuelve prima no devengada.
¿Qué cubre la cobertura de gastos funerarios?
Paga la suma asegurada contratada para gastos funerarios cuando ocurre el fallecimiento del asegurado durante la vigencia.
¿Qué es la cobertura de muerte accidental?
Paga la suma asegurada si el asegurado fallece como consecuencia directa de un accidente ocurrido durante la vigencia y dentro de los 90 días posteriores al accidente.
¿Qué es la muerte accidental colectiva?
Aplica cuando el fallecimiento ocurre por accidente mientras el asegurado viaja como pasajero en transporte público terrestre, en un ascensor público o durante un incendio en un edificio público.
¿Qué se considera un accidente?
Es un hecho súbito, fortuito, externo y violento que provoca lesiones o muerte, no intencional, ocurrido durante la vigencia de la póliza.
¿Qué cubren las pérdidas orgánicas tipo A?
Indemnizan un porcentaje de la suma asegurada por la pérdida total de órganos o extremidades específicas, conforme a una tabla establecida, con un límite máximo del 100%.
¿Qué cubren las pérdidas orgánicas tipo B?
Cubren una gama más amplia de pérdidas, como combinaciones de dedos, sordera total o amputaciones parciales, también conforme a una tabla porcentual.
¿Qué es la invalidez total y permanente?
Es la pérdida definitiva de la capacidad para desempeñar cualquier trabajo compatible con la experiencia y conocimientos del asegurado.
¿Qué cubre la invalidez total y permanente por accidente o enfermedad?
Paga la suma asegurada cuando el asegurado queda total y permanentemente inválido por accidente o enfermedad, tras cumplir los periodos establecidos.
¿Qué cubre la invalidez total y permanente solo por accidente?
Paga la suma asegurada cuando la invalidez resulta exclusivamente de un accidente cubierto.
¿Qué es el periodo de espera?
Es el tiempo posterior al inicio de vigencia durante el cual no aplican ciertas coberturas como diagnóstico, invalidez o desempleo.
¿Qué es el periodo de eliminación?
Es el plazo que debe transcurrir desde el evento (despido o incapacidad) para que inicie el pago de rentas, generalmente de 30 días naturales.
¿Cuándo termina la cobertura de invalidez?
Al alcanzar la edad límite, al pago de la suma asegurada, al terminar la cobertura básica o al vencimiento del plazo contratado.
¿Qué cubre la cobertura de desempleo involuntario?
Paga rentas mensuales si el asegurado empleado es despedido injustificadamente y deja de percibir ingresos, una vez cumplidos los periodos aplicables.
¿Cuántas veces puede usarse la cobertura de desempleo?
Solo una vez dentro de un periodo de 12 meses de vigencia continua.
¿Qué cubre la incapacidad total para trabajar del autoempleado?
Paga rentas mensuales si el asegurado autoempleado queda imposibilitado totalmente para trabajar por enfermedad o accidente.
¿Qué documentos se requieren para reclamar desempleo o incapacidad?
Documentación laboral, fiscal y médica que acredite el evento, la actividad previa y la persistencia de la condición.
¿Qué cubre la cobertura de diagnóstico de enfermedades graves?
Paga la suma asegurada si el asegurado es diagnosticado por primera vez con eventos como infarto grave, cáncer, insuficiencia renal crónica o trasplante de órganos.
¿Qué cubre la cobertura de diagnóstico de cáncer?
Paga la suma asegurada al confirmarse por primera vez un diagnóstico de cáncer maligno cubierto, tras el periodo de espera.
¿Qué cubre el diagnóstico de cáncer de género?
Cubre cánceres específicos femeninos o masculinos, según corresponda, solo para el primer diagnóstico.
¿Qué cubre el beneficio por enfermedad terminal – últimos gastos?
Otorga un anticipo de la suma asegurada por muerte cuando el asegurado tiene una enfermedad terminal con esperanza de vida menor a 12 meses, si ha estado asegurado al menos un año.
¿Qué porcentaje se adelanta en el beneficio de enfermedad terminal?
El especificado en el certificado; si no se indica, es el 25% de la suma asegurada de la cobertura básica por muerte.
¿Qué es el anticipo por gastos funerarios como beneficio?
Es un adelanto de la suma asegurada por muerte para cubrir gastos funerarios, hasta el porcentaje y tope establecidos.
¿Qué es el beneficio de incremento de suma asegurada?
Permite aumentos automáticos de suma asegurada bajo ciertas condiciones, sin nuevos requisitos médicos, si está contratado.
¿Cuál es la vigencia de la póliza?
Inicia y termina a las 12:00 horas de las fechas indicadas en la carátula.
¿Existe periodo de gracia para el pago de primas?
Sí, de 30 días naturales; durante este tiempo la cobertura sigue vigente.
¿Qué pasa si ocurre un siniestro durante el periodo de gracia?
La aseguradora puede descontar las primas vencidas del monto de la indemnización.
¿Cómo se reporta un siniestro?
Debe notificarse por escrito tan pronto como se tenga conocimiento del evento.
¿En cuánto tiempo paga la aseguradora una indemnización?
Dentro de los 30 días posteriores a la entrega completa de la documentación requerida.
¿Qué pasa si la aseguradora se retrasa en el pago?
Debe pagar intereses por mora conforme a la legislación aplicable.
¿Hasta qué edades se aceptan asegurados?
Las edades de admisión y renovación están definidas en la carátula; a falta de éstas, aplican las edades estándar del contrato.
¿Se puede cancelar la póliza antes del vencimiento?
Sí, a solicitud del contratante, con devolución de la prima no devengada conforme a las condiciones.

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